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Desgravación Fiscal

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Si has decidido hacerte socio o realizar un donativo puntual a la Fundación UNBLOCK te informamos que puedes desgravarte estas donaciones de tu declaración de la renta. Desde enero de 2020 se han incrementado los tipos de deducción aplicables a las donaciones que se realicen en favor de la Fundación UNBLOCK, como entidad acogida al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre:

Personas Físicas (IRPF) Porcentaje de deducción
Primeros 150€ 80%
Resto 35%
Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante al menos 3 años) > 150€ * 40%
Límite deducción base liquidable 10%

*Por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior.

Personas Jurídicas (IS) Porcentaje de deducción
Donaciones en general 35%
Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante al menos 3 años)* 40%
Límite deducción base liquidable 10%

*Por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior.

  • Si eres persona física, en el IRPF correspondiente a este año podrás deducirte el 80% del importe de tus cuotas y/o donativos íntegros por aportaciones de hasta 150€ al año. A partir de esa cantidad la deducción será del 35% o del 40% si llevas colaborando con nosotros al menos 3 años seguidos, con un límite del 10% de la base liquidable.
  • Si eres persona jurídica, en el impuesto de sociedades podrás deducirte el 35% de tus cuotas y/o donativos íntegros. Si llevas colaborando con nosotros al menos 3 años seguidos la deducción será del 40%, con un límite del 10% de la base liquidable.
  • Si eres persona física o jurídica no residente en España y obtienes rentas en nuestro país, tienes también un beneficio fiscal por el importe de tus donativos. Puedes consultarlo en www.aeat.es
  • Si resides en una comunidad autónoma sujeta a un régimen foral particular o que ha establecido deducciones adicionales por donaciones a ONG, las deducciones aplicables pueden ser diferentes.

Recuerda que para que podamos informar a la Agencia Tributaria del importe de tus cuotas y donativos es imprescindible que nos hayas facilitado tu DNI o NIF y domicilio.

Por favor, si aún no lo has hecho, facilítanos estos datos a través del nuestro formulario online. 
Si quieres ampliar la información sobre estos beneficios fiscales, por favor, consulta la web de la Agencia Tributaria: www.aeat.es

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El resultado que se muestra es orientativo y puede variar en función de la comunidad autónoma y de aportaciones anteriores a la misma organización.

Donante Importe Deducción
Persona natural Hasta 250€ 80%
Resto 40%
Persona jurídica Todo el importe 40%

La deducción de la cuota íntegra tiene un límite del 10% para personas físicas y del 15% en personas jurídicas, conforme Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

La deducción aumenta con un 45% de deducción para personas físicas y un 50% para personas jurídicas, para donaciones del mismo importe durante dos años seguidos.